Pablo Zenteno recordó que el feriado del 16 de septiembre no es irrenunciable, mientras que el 18 y 19 corresponde como día libre para todos los trabajadores, aunque con excepciones.
El director nacional del Trabajo, Pablo Zenteno, dio a conocer las medidas que rigen para estas fechas de feriados por las Fiestas Patrias, además de los canales de atención y denuncia en caso que no se cumpla la normativa.
La autoridad indicó que respecto a los días 18 y 19 es feriado irrenunciable para el comercio, es decir centros comerciales, supermercados, malls, entre otros.
“Por regla general el día 18 y 19 es un feriado obligatorio e irrenunciable para todo el comercio. Es decir, la gran cantidad del comercio deben estar cerrados desde las 21 horas del día anterior hasta las 6 de la mañana del día posterior al término de los feriados”, precisó.
Zenteno agregó que las excepciones son “restaurantes, centros de entretenimientos, cine, algunas tiendas atendidas por sus propios dueños, farmacias de turno, las bencineras, pueden abrir. Pero, por regla general todo el comercio debe estar cerrado estos dos días de feriado obligatorio”.
El jefe de la Dirección del Trabajo explicó además que en el caso de los días 16 y 17, el primero se trata de un feriado normal, mientras que el sábado es una jornada laboral, por lo que cabe la posibilidad de que el empleador pacte con los trabajadores compensar esas horas en otros días antes o posteriormente.
“El día viernes 16 también es feriado, pero no es obligatorio irrenunciable, es un feriado normal y por tanto hay ciertas actividades que están exceptuadas para trabajar el día viernes”, señaló el director de la DT.
Respecto del día sábado 17, sostuvo que “es hábil, laboral. Sin embargo, hay una posibilidad que está establecida en la ley de que los trabajadores y trabajadoras puedan pactar con sus empleadores el descanso de ese día y trasladar esas horas para otros días, compensarlas, ya sea de forma anterior o posterior”.
Por eso, hizo “un llamado, atendida la importancia de esta fecha y la trascendencia de la celebración de las Fiestas Patrias es a que los empleadores puedan analizar la posibilidad de llegar a este acuerdo con sus trabajadores y trabajadoras y que el sábado pueda ser eventualmente un día de descanso”.
Zenteno agregó que los canales para informaciones o denuncias por posibles vulneraciones al derecho a descanso durante los feriados irrenunciables son a través del número 600 450 4000 que recibirá llamados el 18 y 19 desde las 9 horas.
Además, está disponible la página web direcciondeltrabajo.cl a través del banner Mi DT donde se podrá ingresar la denuncia respectiva.
Imagen Agencia Aton
Crédito: Diario UChile